NP. – REDHNNA. – Nuestra Constitución (Artículo 78) es muy clara: cuando la integridad o los derechos de niños, niñas o adolescentes están en peligro, el Estado y sus instituciones especializadas deben garantizar su protección por encima de cualquier cosa.
En medio de la emergencia que vivimos tras el doble sismo del 24 de junio, esta protección debe ser inmediata para asegurar sus vidas y devolverles la tranquilidad. Es fundamental que sepamos que el reciente decreto de emergencia por causa del terremoto NO suspende, limita ni afecta en absoluto las funciones y competencias de los Consejos de Protección (CPNNA) ni de los Tribunales de Protección, instancias con competencias en materia de infancia y que siguen operando con toda su autoridad.
¿Qué es el Consejo de Protección y por qué es vital hoy? Según la LOPNNA (Art. 158), el Consejo de Protección es la primera autoridad que debe actuar de forma inmediata para defender a la niñez. Es muy importante tener claro que:
- Están en cada municipio, y se encargan de dictar medidas urgentes ante cualquier peligro.
- Deciden con autonomía: Aunque funcionan en las alcaldías, sus decisiones son totalmente independientes y se orientan para responder a lo que es mejor para el niño, la niña o el/la adolescente (principio de Interés Superior).
- Las medidas de protección que dictan deben ser obedecidas obligatoriamente por cualquier persona, funcionario o institución (como hospitales o cuerpos de seguridad). Ignorar o incumplir estas órdenes es un delito que conlleva sanciones penales.
- Son profesionales con formación especializada: Las/los Consejeras/os de Protección se eligen mediante concursos públicos para garantizar que tienen la preparación y la vocación necesarias para esta responsabilidad (Art. 163 LOPNNA.
¿Qué decisiones pueden tomar en medio de un desastre natural? En emergencias como este sismo, los CPNNA tienen el poder legal de ordenar acciones inmediatas y vitales. Por ejemplo, pueden dictar una medida de abrigo para ubicar rápidamente en un lugar seguro (con una familia sustituta solidaria o en una entidad de atención) a niñas, niños y adolescentes que se encuentren sin sus padres o familiares; pueden exigir atención médica y psicológica de urgencia en cualquier clínica u hospital sin que se les niegue el ingreso; y pueden coordinar la búsqueda inmediata de familiares.
La ruta correcta de atención En estos días difíciles, la solidaridad de la comunidad ha sido invaluable para cuidar a la niñez. Ese apoyo debe continuar, pero siempre exigiendo y acompañando la actuación del Estado.
Si en tu comunidad ves a un niño, una niña o adolescente en situación de riesgo, sola/o, o con afectación física o emocional por el sismo, es urgente acudir al Consejo de Protección. Es la vía legal y segura para garantizar que reciban el apoyo necesario.
Para que nadie se quede sin ayuda, los Consejos de Protección están disponibles las 24 horas del día, los 365 días del año, mediante un sistema de guardias.
Puedes contactar al CPNNA más cercano a tu comunidad con los datos publicados en el siguiente enlace:
Comentarios recientes