¿Quiénes somos?
La REDHNNA es una coalición de organizaciones sociales, académicas, comunitarias, centros e institutos de investigación y defensores, de diferentes regiones del país, en la cual confluyen iniciativas de carácter comunitario, académico y profesional, con una visión compartida sobre los derechos de la niñez y adolescencia en Venezuela, basada en los principios fundamentales de la doctrina de protección integral y los tratados internacionales en materia de protección y defensa de los niños, niñas y adolescentes.
Noticias
Save the Children alerta por una ‘segunda emergencia’ para la niñez tras los terremotos en Venezuela
Las condiciones en refugios temporales y la falta de servicios básicos amenazan la salud física y mental de la población infantil Por:Claudia Arellano / LA RAZON A una semana de los terremotos que devastaron parte de Venezuela, las niñas y los niños...
La niñez y la adolescencia ausente en el discurso de la alta vocería oficial tras los terremotos en Venezuela
FUENTE ORIGINAL: CECODAP. - Las comunicaciones oficiales sobre el impacto de los terremotos y la gestión que el Estado venezolano ha brindado en las zonas afectadas de La Guaira, Caracas, Miranda, Aragua, Carabobo y Falcón, entre otras entidades del país, han dejado...
La participación infantil en la reconstrucción postsismos | Por Carla Serrano
FUENTE ORIGINAL: EL UCABISTA. - La profesora investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UCAB defiende la necesidad de incluir a niños, niñas y adolescentes como agentes activos en la gestión de riesgo. Destaca que la escuela debe...
Derecho a opinar y ser oído.
Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a:
a) Expresar libremente su opinión en los asuntos en que tengan interés.
b) Que sus opiniones sean tomadas en cuenta en función de su desarrollo. Este derecho se extiende a todos los ámbitos en que se desenvuelven los niños, niñas y adolescentes, entre ellos: al ámbito estatal, familiar, comunitario, social, escolar, científico, cultural, deportivo y recreacional.
Artículo 80 LOPNNA.



